La Institución Universitaria de Barranquilla – IUB, en cumplimiento de los principios de transparencia, integridad, moralidad e imparcialidad, establece mecanismos para la prevención, identificación, declaración y gestión de los conflictos de interés que puedan presentarse en el ejercicio de las funciones públicas y obligaciones contractuales.
La Política Institucional para la Declaración de Conflicto de Interés fue actualizada mediante la Resolución No. 0422 de 2026, en concordancia con la normativa vigente y las orientaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP.
¿Qué es un conflicto de interés?
Es la situación en la que el interés particular de una persona puede entrar en conflicto con el interés general propio del ejercicio de sus funciones, responsabilidades u obligaciones contractuales, pudiendo afectar su imparcialidad y objetividad.
Los conflictos de interés pueden ser reales, potenciales o aparentes y deben ser identificados y gestionados oportunamente.
¿Registro o Declaración?
Son obligaciones diferentes:
- REGISTRAR: Es una obligación preventiva de transparencia para los sujetos obligados por la Ley 2013 de 2019 y se realiza en el Aplicativo por la Integridad Pública.
- DECLARAR: Se realiza cuando existe una situación concreta de conflicto de interés y se presenta mediante el formato FR-JUR-31-V3 – Declaración sobre Conflicto de Intereses.
Registro de conflictos de interés
¿Quiénes?
Los sujetos obligados por el artículo 2 de la Ley 2013 de 2019, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones o vínculo con la Institución.
¿Cuándo?
El registro se realiza:
- Al ingreso o antes del inicio de la función.
- Durante el ejercicio de la función, cuando corresponda.
- Al retiro o terminación de la función o vínculo.
- Anualmente, mientras se mantenga la condición de obligado.
- Dentro de los dos (2) meses siguientes a cualquier cambio relevante en la información registrada.
¿Dónde?
En el Aplicativo por la Integridad Pública, el SIGEP o el sistema dispuesto por el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Aplicativo por la Integridad Pública – DAFP
El registro es un mecanismo preventivo de transparencia y no significa que exista un conflicto de interés.
Declaración de conflictos de interés
¿Quiénes deben declarar?
Los servidores públicos, contratistas y particulares que ejerzan funciones públicas deben identificar y declarar las situaciones que puedan configurar un conflicto de interés, de acuerdo con las disposiciones legales y la Política Institucional.
Asimismo, los sujetos obligados por la Ley 2013 de 2019 deben realizar el correspondiente registro de conflictos de interés en el Aplicativo por la Integridad Pública dispuesto por el DAFP.
Cuándo se debe declarar?
Cuando se presente una situación concreta, real, potencial o aparente que pueda comprometer la imparcialidad de una actuación, decisión, proceso o actividad institucional en el ejercicio de las funciones u obligaciones contractuales.
¿Cómo y ante quién?
La situación debe informarse por escrito, de manera motivada, dentro de los tres (3) días siguientes a su conocimiento, ante:
- Superior jerárquico, cuando se trate de un servidor público.
- Supervisor del contrato, cuando se trate de un contratista.
Declarar significa informar una situación concreta que puede afectar la imparcialidad y dar lugar al trámite correspondiente.
¿Cómo se realiza la declaración?
- La declaración se realiza por escrito, de manera motivada, mediante el formato institucional:
FR-JUR-31-V3 – DECLARACIÓN SOBRE CONFLICTO DE INTERESES
Normativa y documentos de consulta
Normativa
- Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
- Ley 1474 de 2011 – Estatuto Anticorrupción.
- Ley 1952 de 2019 – Código General Disciplinario.
- Ley 2013 de 2019 – Declaración y publicación de bienes y rentas, registro de conflictos de interés y declaración del impuesto sobre la renta.
- Decreto 1083 de 2015 y demás normas concordantes.
- Resolución No. 0714 de 2026 – Política para la Declaración de Conflicto de Interés de la IUB.
Documentos de consulta
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